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Obtención de otros ingresos en el RIF no implica salida del Régimen

A través de la Regla 3.13.23 de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea fiscal para 2017, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) preciso que los contribuyentes que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal podrán obtener otro tipo de ingresos sin que estos formen parte del límite establecido en dicho Régimen para permanecer ahí. Es decir que adicionalmente a los 2 millones de pesos que se pueden obtener por el desarrollo de una actividad empresarial los contribuyentes podrán obtener los siguientes:

 

  • Por venta de casa habitación
  • Por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnización u otros pagos por separación
  • Por obtención de premios
  • Por intereses moratorios e indemnizaciones por juicios
  • Por planes de retiro
  • Donativos recibidos, entre otros

 

 

Artículos 93, fracciones XIX, inciso a) y XXIII, 95, 119, último párrafo, 130, fracción III, 137 y 142, fracciones IX y XVIII

 

 

Fuente: SAT RESMISC

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